Contratación
El proceso de contratación es el paso previo al inicio formal y legal del proyecto y lo componen las siguientes fases:
- Revisión y aprobación del proyecto reformulado (modificado según las condiciones de adjudicación)
- Confección y firma del contrato entre Conicyt y las instituciones beneficiarias.
- Envío al fiscal de CONICYT y posterior despacho a Contraloría General de la República
- Toma de Razón por parte de la Contraloría General de la República.
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Documentos y guías
Preguntas frecuentes
Revisión y aprobación del Proyecto Reformulado.
Todo proyecto adjudicado es asignado a un Ingeniero de Proyectos dentro de FONDEF, el cual será el ingeniero encargado del control y seguimiento del proyecto durante toda su ejecución. La primera labor del ingeniero es revisar si el proyecto ha sido bien reformulado, o sea, si se encuentran contenidos en él, todos los alcances hechos para su adjudicación.
Siendo aprobado el proyecto, se procede a la confección del contrato. El contrato es un formato tipo para todos los proyectos de un mismo concurso. Los convenios serán suscritos entre CONICYT y la(s) institución(es) beneficiaria(s). En ellos se dejará constancia de los objetivos del FONDEF y del tipo de proyecto aprobado. Se establecerá, a lo menos:
- La naturaleza, objeto y duración del convenio.
- El costo total del proyecto, costos incrementales, aportes máximos de FONDEF, aportes mínimos de las instituciones y deterceros.
- La naturaleza y forma de entrega de los aportes y las garantías requeridas.
- La obligación de las instituciones ejecutoras de llevar contabilidad separada del proyecto, de manejar los dineros en una corriente bancaria especial, o en una cuenta corriente presupuestaria calificada y de entregar informes a FONDEF que contengan los aspectos de vigencia científico-tecnológicos, de gestión y financieros con la periodicidad que se establezca.
- La obligación de mantener a la más amplia disposición del FONDEF la información y documentación sustantiva, administrativa y contable del proyecto.
- Las disposiciones relativas a la propiedad intelectual sobre la información producida y los resultados alcanzados por el proyecto.
- Las modalidades de términos anticipado del proyecto y las responsabilidades que de ello deriven.
- Los demás modos derivados del Reglamento operativo de FONDEF, que le sean aplicables.
Envío al Fiscal de CONICYT y posterior despacho a Contraloría General de la República
Se envía una copia del convenio suscrito al Fiscal, junto a los siguientes documentos:
- Un informe de selección del proyecto.
- Copia de los Acuerdos de Participación de las empresas y otras contrapartes.
Con estos antecedentes el fiscal de CONICYT, prepara una Resolución y la envía a la Contraloría para que ésta la apruebe.
Toma de Razón por parte de la Contraloría General de la República.
La Contraloría General de La República, a la luz de todos los antecedentes enviados, aprueba el proyecto y sólo en ese momento este puede considerarse como iniciado legal y formalmente, para todos los efectos.