P: ¿Cuándo se inicia el proceso de contratación de un proyecto?
R: El proceso de Contratación se inicia con la comunicación formal por parte del FONDEF, a las Instituciones Beneficiarias, confirmando la adjudicación del proyecto.
P: ¿Cuáles son las etapas del proceso de Contratación?
R: Las etapas del proceso de Contratación son las siguientes:
– Comunicación formal de la adjudicación.
– Solicitud de reformulación del proyecto..
– Recepción, revisión y aprobación por FONDEF del proyecto reformulado.
– Confección del Contrato o Convenio en base al documento Tabla de Costos
– Firma del Contrato o Convenio.
– Recepción del Contrato o Convenio firmado en FONDEF y confección de la respectiva Resolución.
– Envío de la Resolución a la Contraloría General de la República.
– Toma de Razón de la Resolución por parte de la Contraloría General de la República
P: ¿En qué consiste la solicitud de reformulación del proyecto?
R: La solicitud de reformulación del proyecto, surge como resultado del proceso de evaluación y dice relación con modificaciones que el(la) Director(a) del Proyecto, debe efectuar al proyecto que presentó inicialmente.
Dichas modificaciones se orientan a potenciar la eficiencia y eficacia de la gestión y resultados del proyecto.
P: ¿Cuándo y quién confecciona el Contrato o Convenio?
R: FONDEF confecciona el Contrato o Convenio tipo una vez recibido y aprobado el proyecto reformulado y la Institución Beneficiaria Principal, completa los datos correspondientes al proyecto adjudicado.
P: ¿Quiénes suscriben el Contrato o Convenio?
R: El Contrato o Convenio es suscrito por CONICYT y todas las Instituciones Beneficiarias del proyecto.
P: ¿Quién obtiene las firmas de los representantes legales de las Instituciones Beneficiarias?
R: El Representante Institucional ante FONDEF de cada Institución Beneficiaria es el responsable de la obtención de las firmas correspondientes.
P: ¿Cuáles son las características del Contrato o Convenio?
R: El Contrato o Convenio es un formato tipo para todos los proyectos de un mismo concurso y en él se deja constancia de los objetivos del FONDEF, del tipo de proyecto aprobado y se establece a lo menos lo siguiente:
– La naturaleza, objeto y duración del Convenio.
– El costo total del proyecto, costos incrementales, aportes máximos de FONDEF, aportes mínimos de las Instituciones y Terceros participantes.
– La naturaleza y forma de entrega de los aportes y las garantías requeridas.
– La obligación de las Instituciones Ejecutoras de llevar contabilidad separada del proyecto, de manejar los recursos en una cuenta corriente bancaria especial y de entregar informes a FONDEF que contengan aspectos de vigencia científico-tecnológica, de gestión y financieros, con la periodicidad que se establezca.
– La obligación de mantener a disposición de FONDEF la información y documentación sustantiva administrativa y contable del proyecto.
– Las disposiciones relativas a la propiedad intelectual sobre la información producida y los resultados alcanzados por el proyecto.
– Las modalidades de término anticipado del proyecto y las responsabilidades que de ello deriven.
– Las normas y procedimientos derivados del Reglamento operativo de FONDEF que le sean aplicables.
P: ¿Quién confecciona y envía a la Contraloría General de la República, la Resolución correspondiente al proyecto?
R: CONICYT, a través de su Departamento Jurídico confecciona y envía la Resolución a la Contraloría General de la República.
Para confeccionar la Resolución requiere contar con la siguiente documentación:
– Contrato o Convenio firmado por todas las partes involucradas.
– – Informe de selección del proyecto.
– Copia de los Acuerdos de Participación de las empresas y otras contrapartes.
P: ¿Por qué razón se envía la Resolución a la Contraloría General de la República?
R: La Contraloría General de la República es la instancia que legaliza y formaliza el proceso de Contratación en su totalidad y autoriza a CONICYT a entregar los recursos fiscales comprometidos para la ejecución del proyecto.
Este proceso se denomina “Toma de Razón” y una vez finalizado, se considera al proyecto como iniciado legal y formalmente.
R: El tiempo que demora la Contraloría en el proceso de “Toma de Razón” es variable y se estima entre dos semanas y dos meses, ya que depende exclusivamente de la carga de trabajo que tenga la Contraloría, al momento de recibir la respectiva Resolución.