C O N V E N I O CDS/ISIS

entre
La Organización de las Naciones Unidas, para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(en adelante el distribuidor)
y
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(en adelante la Institución receptora)

Visto que la Unesco ha desarrollado y posee la propiedad intelectual de un paquete de programas de computación para el almacenamiento y recuperación de la información para mini y micro computadoras (en adelante denominado CDS/ISIS),

Visto que la institución receptora desea utilizar el sistema CDS/ISIS para el manejo computarizado de su información,

Visto que la institución receptora asume plena responsabilidad por la selección del CDS/ISIS para alcanzar los resultados deseados, y por la instalación , uso y resultados obtenidos del CDS/ISIS,

Visto que la Unesco ha otorgado al distribuidor el derecho de ceder en nombre suyo el CDS/ISIS a terceros,

Por lo tanto el distribuidor proveerá a la institución receptora el CDS/ISIS incluyendo todos los manuales y documentación sobre el CDS/ISIS, disponibles en la Unesco en el momento de la transferencia, y otorgará a la institución receptora lo siguente:

LICENCIA
La Institución receptora puede:
(a) Utilizar el sistema CDS/ISIS en uno o más equipos de propiedad de la Institución receptora;
(b) Hacer copias del CDS/ISIS y archivos de sistemas afines suministrados por Unesco con la condición de que dichas copias sean usadas solamente para fines de backup, o restauradas unicamente sobre equipos de propiedad de la Institución receptora; cada una de tales copias deberá reproducir e incluir la nota del derecho de propiedad intelectual;
(c) Modificar y/o agregar menus de sistemas y archivos de mensajes usando los procedimientos descritos en el manual CDS/ISIS, especialmente con el objeto de desarrollar versiones de lenguaje adicional del CDS/ISIS, siempre que tales nuevas versiones de lenguaje, sean puestas a disposición de la Unesco;
(d) Reproducir los manuales CDS/ISIS o partes de ellos para el uso del personal de la Institución receptora, a condición de que tales copias reproduzcan la nota del derecho de propiedad intelectual;
(e) Traducir los manuales CDS/ISIS o partes de ellos para el uso del personal de la Institución receptora, siempre que tales traducciones indiquen claramente que la fuente original y que el texto de traducción han sido aprobados por la Unesco.

La Institución receptora no puede:
(a) Utilizar, o permitir que otros usen el CDS/ISIS para fines comerciales o de lucro;
(b) Hacer copias o traducciones del CDS/ISIS y de los manuales afines suministrados por la Unesco, excepto lo antes mencionados;
(c) Hacer alteraciones o desmontar cualquiera de los programas CDS/ISIS o partes de ellos, y, en particular, borrar, reemplazar o modificar cualquier nota del derecho de propiedad intelectual expuestas por los programas durante su ejecución; (d) Sublicenciar, asignar o transferir la licencia, vender, arrendar, o ceder cualquier derecho sobre el CDS/ISIS a terceros;
(e) Transmitir el sistema CDS/ISIS u otras partes del mismo por canales de telecomunicaciones.

RESCISION
Este convenio, que está redactado en español, en dos ejemplares originales, entrará en vigencia en el momento de su firma por ambas partes, cada una de las cuales retendra un ejemplar firmado.

Este convenio será efectivo hata su rescisión por cualquiera de las partes, mediante un preaviso por escrito a ese efecto, a la otra parte.

Este convenio será también rescindido si la Institución receptora no cumple con cualquiera de los términos o condiciones establecidos en el presente convenio.

La Institución receptora se compromete destruir, a la rescisión del convenio, el CDS/ISIS junto con todas las copias que hubiera realizado y no recibira en adelante ninguna nueva copia del CDS/ISIS que la Unesco pudiera desarrollar o producir.

GARANTIA Y RESPONSABILIDAD
Unesco suministra el CDS/ISIS "tal como es", sin ninguna garantía, expresa o tacita; incluyendo la adaptibilidad del CDS/ISIS para un fin particular. La institución receptora asume el riesgo total en cuanto a la calidad y rendimiento del CDS/ISIS.

En ningun caso ni la Unesco ni el distribuidor serán responsables ante la institución receptora por daños y perjuicios, inclusive por lucro cesante y otros daños incidentales o consecuentes, que surjan del uso o incapacidad de utilización del CDS/ISIS.

Cualquier disputa que surja entre las partes de este convenio relativas a la interpretación o aplicación del mismo, que no fuera solucionada mediante negociación, sera resuelta mediante arbitraje.

Firmado en ___________el____________________de_________19__ por__________________________________________________________ _____________________________________________________________

_________________________
(firma) en representación de
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(nombre de la Institución receptora)

Firmado en_____________el____________________de_________19__
por___________________ ALBERTO CABEZAS BULLEMORE, JEFE DEPARTAMENTO DE INFORMACION

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(firma)
en representación de
___________________CONICYT___________________________________________
(nombre de distribuidor)

- fin -