Concursos

Doctorado y Magíster Nacional 2018 incorporan modificaciones establecidas en Ley de Presupuestos

Publicado 12-10-2017

  • Asociados a ambos llamados se publicarán los puntajes correspondientes a los promedios de notas y ranking de egreso de pregrado.

Para las convocatorias, se aceptarán documentos emitidos por las universidades, siempre y cuando cumplan con los requisitos señalados.

Durante octubre CONICYT abrirá dos convocatorias de gran relevancia en la formación de capital humano avanzado en Chile: Doctorado y Magíster. Ambas incorporan en sus bases las modificaciones establecidas en la Ley de Presupuestos N° 20.981 del año 2017, del mismo modo que con el resto de los concursos de este año.

El concurso de Doctorado Nacional abrirá sus postulaciones el 26 de octubre, mientras que la convocatoria de Magíster Nacional iniciará su período de postulación el 23 de noviembre.

¿En qué consisten estas modificaciones?
Al iniciarse cada convocatoria, el postulante conocerá un puntaje correspondiente al promedio de notas alcanzado en su licenciatura, título profesional o equivalente, expresado en escala de 1 a 7 

También se asignará una puntuación correspondiente al ranking de egreso de pregrado. Éste dependerá de la posición en que se encuentre el postulante, respecto a su generación de egreso o titulación.

¿En que cambia la postulación a estos concursos?
Se exigirá a los postulantes acreditar:

  • El promedio de notas de licenciatura, título profesional o equivalente.
  • El ranking de egreso de pregrado.

Respecto al ranking de egreso de pregrado, se deberá presentar un certificado, emitido por la universidad de origen de pregrado o institución de destino en Chile (esto último como alternativa en caso de haber realizado el pregrado en el extranjero), que acredite la posición de egreso del postulante y el número total de estudiantes de su generación de egreso o titulación. 

No se aceptarán rankings que hagan mención al número total de ingresados al pregrado.

Si el documento no se presenta en los términos señalados, la postulación, no superará la etapa de admisibilidad y, por lo tanto, no será evaluada.

Para facilitar la acreditación del ranking de egreso de pregrado, CONICYT cuenta con un formulario tipo, que deberá ser suscrito por la autoridad competente de la universidad de origen de pregrado o de destino en Chile (esto último como alternativa si realizó pregrado en el extranjero). Dicho documento estará disponible en la ficha de cada concurso cuando se inicie la convocatoria y en el sistema de postulación en línea.

Se aceptarán documentos emitidos por las universidades, siempre y cuando cumplan con los requisitos señalados.

– Cabe recordar que anteriormente, se solicitaba uno u otro documento, pero desde la entrada en régimen de las modificaciones a la ley, se requiere la presentación de ambos en la etapa de postulación.

Sin perjuicio de que ambos documentos (promedio de notas y ranking de egreso) son obligatorios, se mantiene la exigencia de acreditar excelencia académica con un promedio de notas de pregrado igual o superior a cinco (5.0) sobre un máximo de siete (7.0) o su equivalente; o bien encontrarse dentro del 30% superior del ranking de egreso de pregrado respecto a la generación de egreso o titulación.

En caso de consultas diríjase a:
https://oirsvirtual.conicyt.cl/