Preguntas Generales
Consiste en el financiamiento de proyectos de investigación con alto contenido científico, cuyos resultados deben ser obtenidos, evaluados y validados en plazos breves. Igualmente, estos proyectos deberán mostrar un potencial de impacto económico y/o social con dos etapas claramente diferenciadas: Ciencia Aplicada, que involucra la obtención de una prueba de concepto, modelo o prototipo experimental; e Investigación Tecnológica, donde se espera que los proyectos continúen con la investigación aplicada, a partir de un resultado validado a pequeña escala, y se avance el desarrollo hacia la obtención de resultados que se encuentren más próximos a su aplicación productiva o a su implementación en el plano social
Los invitamos a leer las bases del concurso en https://www.conicyt.cl/fondef/y a asistir a las charlas de difusión ya sea de forma presencial o conexión via streaming , las cuales serán informadas en la sección agenda de la página de Fondef https://www.conicyt.cl/fondef/agenda/ cuando se aproxime una convocatoria.
Para dudas, debe dirigirse a la plataforma OIRS de Conicyt: https://oirsvirtual.conicyt.cl/
Los proyectos pueden presentarse en dos idiomas: español o inglés.
Bases del Concurso
Para los proyectos que postulan al concurso de Investigación Tecnológica es posible postular proyectos de Interés Público o Precompetitivo, esto impacta en el tipo de instituciones asociadas, el tipo de aportes que deben entregar para la ejecución del proyecto, así como también en la disposición de los resultados que se generen durante el proyecto
Fondef financia hasta un máximo de $230.000.000 correspondiente al 70% del costo total del proyecto, en tanto que las entidades beneficiarias deben aportar un mínimo de 10% del costo total del proyecto, que puede ser incremental y/o no incremental. En los proyectos precompetitivos las entidades asociadas deben aportar un mínimo de 20% incremental. En los proyectos de Interés Público las entidades asociadas deben aportar un mínimo de 20% que puede ser incremental y/o no incremental. (Ver sección 4.7 de las Bases)
Que los resultados no sean apropiables por agentes individuales quiere decir que las instituciones beneficiarias, y las entidades asociadas están obligadas a poner los resultados a disposición de otras organizaciones u organismos sin fines de lucro orientados al interés público, sean estos públicos o privados, el conocimiento desarrollado y protegido intelectualmente, sin costo para su utilización en productos o servicios de interés público para Chile o con fines humanitarios.
Lo anterior, no implica que no se puedan proteger.
Como se indica en las Bases, éste es el monto máximo, por lo tanto, se puede postular a un menor monto de subsidio. (Ver sección I.2.9 de las Bases)
Como se indica en las Bases, éste es el plazo máximo, por lo tanto, se puede postular a un menor plazo de ejecución. (Ver sección I.2.9 de las Bases)
No es necesario, ya que la principal exigencia del concurso de Investigación Tecnológica es que las instituciones que se presentan cuenten con un resultado inicial previamente validado a nivel de prueba de concepto, modelo o prototipo, en condiciones de pequeña escala o laboratorio, independiente de la fuente de financiamiento asociada. Si bien se espera que los proyectos adjudicados en el concurso de Ciencia Aplicada tengan una continuidad hacia Investigación Tecnológica, esta convocatoria es abierta.
Todos los proyectos deberán contar con un mínimo de 1 y un máximo de 3 resultados de producción. Otros resultados del tipo protección, transferencia y negocios, producción científica, formación de capacidades, etc, son optativos y deberán responder a las características de desarrollo de los proyectos.
Es una implementación parcial de un método o una idea, con el propósito de verificar que el concepto o teoría en cuestión es susceptible de ser aplicada en el mundo real y de manera útil.
Se entiende que la PDC fue validada en una etapa de investigación desarrollada previamente, en la que se haya probado la hipótesis de aplicación que demuestra la utilidad de los resultados en una pequeña escala. Otro punto importante es que el Director del proyecto debe haber participado en la obtención de alguno de los resultados preliminares, no se exige que necesariamente que haya realizado todo el trabajo previo, pero sí que tenga antecedentes de pruebas realizadas en la línea de investigación que se espera continuar.
Los resultados previos deben ser fuertemente sustentados y detallados, incorporando análisis estadístico que otorguen validez a lo presentado. Puede incluir todos los gráficos y figuras que desee, correctamente referenciados como anexo al proyecto
El componente de investigación tiene relación con la identificación de aquel desafío mayor (en términos de investigación) que la propuesta presenta. Es la principal base científica que sostiene un producto/proceso/servicio que nace desde la investigación. Por lo tanto, el proyecto presentado debe tener estas características que se expresan, entre otras cosas, en la formulación de una pregunta científica (problema u oportunidad), una hipótesis científica (respuesta provisoria susceptible de verificación) y una metodología conducente a la verificación de la hipótesis y a la obtención de resultados aplicables.
En el concurso de Investigación Tecnológica interesa saber cuáles son los resultados que han sido validados previamente a nivel de prueba de concepto, modelo o prototipo, en condiciones de pequeña escala o laboratorio, independiente de la fuente de financiamiento.
Sí, es posible postular con resultados previos que requieran de una segunda etapa de investigación para llegar a resultados más aplicables y cercanos al destinatario o mercado final.
Se espera que los proyectos propongan resultados de transferencia a nivel de diseño o primeras implementaciones. Si bien el nivel de los resultados a alcanzar por estos proyectos es más cercano al producto final, la idea es que la acción de transferencia sea financiada por otro tipo de fondos, con el objetivo de focalizar el trabajo en alcanzar los resultados.
De acuerdo a lo que se establece en la Ley, lo que se indica está dentro de lo que se considera investigación biomédica y se rige por esta norma, por lo tanto, se requeriría tener un certificado de Comité de Ética. Se adjunta definición de lo que se entiende por Investigación biomédica en seres humanos:
El D.S. N° 114 de 2011, del Ministerio de Salud, que reglamenta de la Ley N° 20.120, en su artículo 8°, define: Investigación científica biomédica en seres humanos: toda investigación realizada a través de la intervención o interacción con seres humanos, con el objetivo de mejorar la prevención, diagnóstico, tratamiento, manejo y rehabilitación de la salud de las personas o de incrementar el conocimiento biológico del ser humano. La investigación científica biomédica en seres humanos incluye el uso de material humano o de información disponible identificable. (Ver anexos II de las Bases)
Efectivamente, se espera que en el proceso de postulación se envié la documentación asociada a la solicitud de estos certificados. Los certificados obtenidos deben ser entregados a Fondef antes del primer giro, en caso de que el proyecto sea adjudicado. (Ver anexos II de las Bases)
Las Beneficiarias Principales pueden hacerse cargo del proceso de masificación, siempre que esto se haya planteado así en la formulación del proyecto y las otras entidades asociadas, asuman otros roles.
Los aportes se definen en INCREMENTAL o NO INCREMENTAL
APORTES INCREMENTALES. Se entiende por aportes incrementales los nuevos gastos en los que incurran las beneficiarias y las entidades asociadas, especialmente para la ejecución del proyecto, los que podrán consistir en recursos pecuniarios, especies o bienes adquiridos y/o arrendados, o personas contratadas, todo ello específicamente para el proyecto.
APORTES NO INCREMENTALES. Consisten en especies o recursos, humanos o materiales, ya existentes en las beneficiarias y entidades asociadas, puestos a disposición del proyecto
No es posible eliminar párrafos de las cartas de compromiso, ya que si se altera el contenido de estos documentos, el proyecto puede ser declarado fuera de Bases.
En segundo término, para el concurso de Investigación Tecnológica las cartas deben precisar los aportes comprometidos.
Dependiendo del tipo del proyecto, existen tres formatos de Cartas de Compromiso de Participación de Entidad Asociada:
Las principales diferencias en el contenido de las cartas de compromiso corresponden a las distintas especificaciones y tipos de aporte que pueden realizar las entidades, de acuerdo al tipo de proyecto que están postulando.
Además, se debe incluir la ficha anexa sobre la entidad asociada, de lo contrario, es causal para considerar el proyecto como inadmisible.
Los distintos formatos para estas cartas se encuentran en los formularios de postulación
Sobre las entidades beneficiarias y sus aportes
Institución que se adjudicará los fondos asignados al proyecto. En el caso de los proyectos presentados por más de una institución beneficiaria, una de ellas asumirá el rol de institución principal, cuya función será la de coordinar a las beneficiarias que participen en el proyecto.
Cualquier persona jurídica nacional sin fines de lucro, incluidas universidades e instituciones de educación superior reconocidas por el Estado, institutos tecnológicos y de investigación y desarrollo, tanto públicos como privados, y otras instituciones que realicen actividades científico-tecnológicas y que tengan como objetivo, indicado expresamente en sus estatutos, la realización de actividades de investigación y desarrollo. Las entidades elegibles están publicadas en el sitio web https://www.conicyt.cl/fondef. Las entidades que se presentan por primera vez a un concurso de proyectos de investigación y desarrollo de FONDEF, deberán enviar a CONICYT los documentos solicitados en el punto 4.4 de las bases del concurso IDea I+D.
No, este fondo sólo financia postulaciones de entidades chilenas (universidades, institutos tecnológicos, etc).
Si, puede haber tantas como se requieran en el proyecto. Cada beneficiaria, deberá enviar la carta de compromiso firmada por el respectivo representante legal y comprometer aportes. La beneficiaria que compromete más aportes al proyecto, tomará el rol de beneficiaria principal.
Se exige un aporte mínimo del 10% del costo total del proyecto, los cuales pueden ser del tipo incremental o no incremental. En caso de existir más de una beneficiaria, la suma de todos los aportes debe cumplir con este requisito mínimo.
No es posible cargar a presupuesto del subsidio los costos correspondientes a finiquitos y vacaciones ya que estos son por cuenta de la beneficiaria.
Es posible el pago de leyes sociales (Cotizaciones de salud y fondo de pensiones) al personal que haya sido contratado por código del trabajo para la ejecución del proyecto.
Sobre entidades asociadas y sus aportes
Se entiende como empresas u otras entidades, cuyo giro esté relacionado con las actividades y resultados del proyecto. (Ver sección I.1.4 de las Bases). Un proyecto Fondecyt no clasifica como entidad asociada
Mandante: Persona jurídica chilena, pública o privada, sin fines de lucro, o un organismo intergubernamental, cuya misión esté relacionada con el objetivo principal del proyecto y que tenga la capacidad administrativa y financiera para la masificación y/o suministro de los productos o servicios derivados de los resultados del proyecto.
Para Proyectos precompetitivos: Se exige un mínimo de dos asociadas por proyecto, cuya participación será avalada por la carta de compromiso firmada en formato Fondef
Para proyectos de interés público: Una de estas dos asociadas debe ser el Mandante.
Se exige un aporte mínimo del 20% del costo total del proyecto. La suma de todos los aportes de las asociadas debe cumplir con este requisito mínimo.
Para Proyectos precompetitivos: Los aportes de las asociadas deben ser incrementales
Para proyectos de interés público: Los aportes pueden ser del tipo incremental o no incremental.
Si, las bases exigen que las sumas de ambas cumplan con el 20% mínimo del costo total del proyecto.
Sí, es posible. En la plataforma de postulación están las opciones de ingresar entidades nacionales o entidades extranjeras, para el caso de las extranjeras no se solicita como obligatorio el ingreso del RUT. Esta debe firmar la carta de compromiso en formato Fondef estipulando los aportes y completando la ficha de información.
No hay restricción al respecto, pero se evaluará la pertinencia y la capacidad de las entidades asociadas.
Si, si puede participar. Sin embargo, en caso de existir alguna relación entre un miembro del equipo de trabajo del proyecto con los copropietarios, socios o administradores de las entidades asociadas que participan en el proyecto, esta persona no podrá asumir el rol de director o director alterno del proyecto.
Si, Es posible el envío de la carta de compromiso en inglés, pero manteniendo el formato estipulado por FONDEF y debe ser fiel reflejo de la carta en formato español.
Sí, es posible pagar honorarios a extranjeros siempre y cuando estos no formen parte de una entidad asociada al proyecto. La colaboración internacional se refiere más bien a la traída de expertos en alguna línea específica del proyecto, o la capacitación de personal del proyecto en el extranjero.
Las bases no tienen restricción para la participación como entidades interesadas a personas naturales que tributen en primera categoría.
Sobre el equipo del proyecto
Sí. Para Fondef, no existe restricción a los directores que tengan otros tipos de proyecto aunque su dedicación al proyecto IT será evaluada en función de sus otros compromisos. Sin embargo, otros programas de Conicyt tienen restricciones respecto de la dedicación horaria y postulación a otros fondos de financiamiento..
No es requisito que el Director(a) del proyecto tenga grado de doctor, pero sí debe tener formación y experiencia acorde con la propuesta presentada.
En la postulación una persona puede participar en más de un proyecto, evaluando cada uno su disponibilidad de tiempo, el cual debe justificar en la postulación.
En la eventualidad que dos o más postulaciones de un mismo Director o Director Alterno, estén en la nómina de proyectos sugeridos a adjudicar, sólo será adjudicada la propuesta con un puntaje total más alto, no existiendo la posibilidad de que sea reemplazado dicho Director o Director Alterno por parte de la institución beneficiaria.
Sí puede postular. Sin embargo, deberá cumplir con los compromisos con CONICYT antes de la firma de convenio en caso de que el proyecto sea adjudicado.
Las bases no establecen nada respecto a la residencia del Director Alterno.
Si puede postular, pero debe indicar los tiempos que ya tiene comprometidos en otros proyectos y el tiempo que le dedicará a esta iniciativa.
No existen restricciones de tipo de contrato entre el personal de la propuesta y la institución beneficiaria.
En la postulación se deben incluir todas las horas comprometidas por los participantes, en todos los proyectos, independiente de la fuente de financiamiento.
Efectivamente la plataforma de postulación solicita que se asocie a las personas que van a pertenecer al grupo de investigadores del proyecto a alguna de las entidades beneficiarias (principal o asociada). Esto solo con el objetivo de tener un registro de las personas, pero no implica una dependencia laboral ni pertenencia a la institución, sólo es para poder tenerlos registrados para los aportes y futuras declaraciones de gastos.
No. Es necesario agregar el CV de todo el equipo de trabajo profesional relevante para la ejecución técnica del proyecto en el portal del investigador. Para el personal técnico/administrativo no es necesario ingresar su CV y estos pueden ser individualizados en la planilla de costos.
Sí, ya que no hay restricciones de este tipo.
Ya no existe límite en el monto por hora o en la dedicación horaria exigida para el personal del proyecto.
Si, puede ser personal pre-existente. Solo debe cumplir con el requisito mínimo de 50% de dedicación al proyecto durante la ejecución de este mismo.
No es necesario. Si el proyecto no cuenta con estos profesionales, al momento de la postulación, puede completar en la ficha de doctores el perfil del profesional que necesitaría para el proyecto e incluir en la planilla de costos la remuneración de estas personas identificándolas como “NN-PhD”
Sistema de postulación
Sí, la plataforma considera en forma automática a la persona que inicia una postulación como el Director(a) del proyecto, quien se responsabiliza por la información ingresada en la plataforma.
El director debe editar su CV en la misma plataforma de postulación genérica de Conicyt, en la sección “revise su CV de postulante. Dicho CV se traspasa automáticamente a la postulación creada por el director.
No. Dado que se hizo un cambio en el sistema de postulación, ya no se requiere la firma electrónica. El proyecto debe incluir la carta de compromiso institucional firmada por el representante legal.
No, dado que el patrocinio se realiza a través de la firma de la carta de compromiso de la beneficiaria.
Si hay un cambio de Representante Legal, es muy importante que éste sea comunicado lo antes posible a Fondef y no al término de la postulación ya que la modificación requiere de tiempo.
La institución debe solicitar al correo [email protected] el formulario de cambio y enviar posteriormente este documento junto al que acredite la personería jurídica del nuevo representante legal.
El límite de caracteres para el título es de 255 y para el resumen 4000 caracteres.
En la plataforma se pide el título en español y el título en inglés. Ambos son obligatorios y se ingresan en espacios diferentes.
La carta debe tener la identificación del proyecto, basta con que traiga el título en español.
Los montos que se pagarán a cada una de las personas ya sea honorarios o incentivos deben ser ingresados en la planilla de costos que se encuentra en la sección formulación, pestaña “Documentos del proyecto”, desde donde se puede descargar la planilla de costos en formato Excel. Esta planilla debe ser subida en formato XLS.
Ya no existe límite de número de páginas, el sistema de postulación limita el tamaño del documento a adjuntar en 10 MB.
De todos modos, la recomendación es que traten de ser lo más sintéticos posible al momento de completar cada uno de los capítulos
Cualquiera de las dos opciones es factible.
Sí, es obligatorio ingresar en la postulación el archivo en formato PDF, que contenga la presentación del proyecto, en el formato que Fondef tiene establecido y que se descarga de la plataforma de postulación. Los documentos deben ser convertidos con PDF Creator. Este documento debe ser consecuente con el proyecto y su correcta elaboración es importante ya que se utiliza en la evaluación por panel.
Proceso de evaluación
Todos los evaluadores de Fondef deben firmar un acuerdo de confidencialidad al momento de aceptar participar en el proceso de evaluación.
Sí, los nombres de los miembros de los paneles de evaluación estarán disponibles en el sitio web de Fondef www.conicyt.cl/fondef
3. ¿Pueden ser evaluadores personas que estén participando en el equipo de trabajo de un proyecto postulado?
No, no pueden ser evaluadores personas que estén postulando al concurso.
4. ¿Cómo es el proceso de evaluación?
Cada proyecto que postula al concurso entra a la etapa de admisibilidad donde se revisa que los proyectos cumplan con lo solicitado en las Bases. Luego de eso, los proyectos admisibles son clasificados en las distintas áreas que existen en Fondef según el área de desarrollo científico.
Cada área evalúa los respectivos proyectos con sus paneles de evaluadores y finalmente se obtiene la nota de cada proyecto.